RELACION LABORAL e-Sports O TRABAJADORES AUTÓNOMOS

contratos y relación laboral jugadores profesionales

RELACION LABORAL e-Sports O TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Si alguien del futuro me cuenta hace 15 años, el crecimiento exponencial que iba a tener el sector de los videojuegos y pasar no solo de ser considerados como arte si no también presentar un futuro brillante a la altura de grandes eventos deportivos…no hubiera salido de mi asombro.

Y es que a un “gamer” como yo, que he escrito en publicaciones de videojuegos, dinamizado foros e incluso viajé en la comitiva de una editora para ver el nuevo Grand Theft Auto en desarrollo en las oficinas de Rockstar para luego comentarlo…ha llegado el día de hacer “click” en los 2 mundos: el laboral y el de los videojuegos.

Uno de los aspectos de este mundillo que tiene cuestiones laborales más complejas es sin duda el mundo de los eSports, que para los más legos en la materia son los llamados deportes electrónicos.

¿PERO JUGAR AL FIFA ES DEPORTE?

Si acudimos a la definición de la RAE podemos discutir que realmente no estamos ante una actividad física como tal pero sin embargo sí que se practica como un juego o una competición y que además dicho juego está sujeto a unas normas y cuya práctica supone un entrenamiento. El hecho de que algunas actividades intelectuales(el ejemplo típico es el ajedrez)  hayan sido calificadas como deportes nos lleva a pensar que los deportes electrónicos dentro de poco tendrán esa consideración.

Igualmente, la ley de momento no contempla específicamente en ninguna de sus disposiciones el reconocimiento de los eSports como actividad deportiva por lo que en este caso es el típico de que la ley va un pasito más atrás respecto a las nuevas realidades.

YO QUIERO MONTAR MI PROPIO EQUIPO DE WARZONE, ¿PUEDO MONTAR UNA SL? 

Nada impide que los capitanes Price monten una empresa, pero para participar en torneos oficiales, ganar dinero en competiciones y demás has de conocer aspectos de la legislación laboral como son lo que se conoce como “ajenidad y dependencia” y que comento en este otro artículo 

El enfoque es muy diferente cuando somos nosotros/as quienes tenemos libertad de horario, no se nos programan las actividades o entrenamientos,  contamos con nuestros propios medios materiales en el día a día(ordenadores, software y conectividad) aunque luego utilicemos la infraestructura por ejemplo del organizador de un evento(que se consideraría en este caso accesorio y como parte de la celebración del evento),  asumimos el riesgo de nuestra participación(si nos ahogamos todo el pelotón con el gas no se cobra) y luego colgamos nuestra preciada partida en Twitch para monetizar sin obedecer a criterios de contenido de un tercero que nos impone la forma de hacerlo. En este caso entonces somos independientes.

Por tanto si se cumple lo anterior es defendible el crear una sociedad mercantil para canalizar los posibles ingresos derivados de nuestra actividad como jugadores/as. En ese sentido, lo típico es crear una S.L. pero tampoco desdeñaría el crear una sociedad laboral limitada o incluso una cooperativa que tengan un espíritu social y que el fondo social repercuta entre los gamers .

PUES YO NO CUMPLO NADA DE ESO,  YO TENGO ALGUIEN DETRÁS QUE ME PAGA

En el caso de que tengamos un lugar de trabajo asignado por alguien, tengamos que cumplir un horario, nos programan nuestra actividad(incluido cuándo podemos tener o no vacaciones) , utilizo los medios materiales de ese alguien y cobro directamente sin que afecte el hecho o no de haber recibido un 0-10 en el PES entonces se dan esas famosas notas de ajenidad y dependencia que dice la legislación laboral y por tanto soy un/a trabajador/ra.

En este caso son los clubs quienes ejercen la figura de empresarios y por tanto los obligados a realizar el alta en seguridad social, confeccionar un contrato de trabajo, recibir una nómina y demás aspectos de la legislación laboral.

¿Y ME TIENEN QUE HACER UN CONTRATO?

Pues si, en este caso los clubs o la entidad que asume la posición de empresario/a tiene que formalizar un contrato de trabajo. Lo más adecuado en estos casos además es que la relación sea indefinida desde el inicio salvo que solo se formalice para un evento en concreto(contrato por obra o servicio) pero para que el club o empleador no incurra en fraude de ley, si el trabajo del equipo de eSports es para cubrir la actividad normal  u ordinaria del club(el ir presentándose a competiciones) entonces el contrato tendría que ser indefinido.

¿TIENE QUE SER UN CONTRATO POR PERSONA O PUEDE SER A TODO EL EQUIPO? 

Pueden ser las dos cosas, o bien un contrato por cada uno de los integrantes del equipo o bien se puede aprovechar la figura que permite el Estatuto de los Trabajadores del contrato de grupo.

Para poder ser válido la ley exige que el grupo debe tener entidad propia, con independencia de la de sus miembros, todo el mundo ha de ser trabajador/ra, se establece un salario global para todo el grupo(y luego se reparte) y las personas del equipo designan a una persona que hace las veces de jefe/a y que ostenta la representación de todas las personas( y que además responde de las obligaciones inherentes a esa representación). Es una fórmula interesante para los equipos de gamers.

¡MUHAHAHA! ENTONCES TENDRÉ UN CONTRATO COMO MESSI

Siento decirte que(al menos a fecha de hoy) las retribuciones de un deportista profesional y un gamer o equipo de eSports no se acercan a las mismas cifras.

A pesar de que la actividad pueda considerarse como un deporte, de que hay competiciones, patrocinios, entrenamientos, derechos de imagen…la ley no reconoce expresamente a los eSports como deporte ni a sus jugadores como deportistas profesionales y eso hace que no sea aplicable a nivel laboral la relación laboral especial de los deportistas profesionales.

Eso hace por ejemplo que no sean aplicables algunas disposiciones importantes en relación con la jornada(entrenamientos y preparación), el tema de cesión de jugadores entre equipos, indemnizaciones de mutuo acuerdo del 15%, o que la relación laboral pueda ser siempre de duración determinada(en contraposición con lo que hemos comentado antes).

Ante la falta de una legislación específica por tanto, nos será de aplicación la legislación laboral ordinaria…que es el Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos(que en la actualidad no hay ninguno específico tampoco).

¿Y ME AFECTA TAMBIÉN ENTONCES EL TELETRABAJO?

¡Por supuesto!. En el caso de que no tengamos un casoplón como el de Ibai a modo de gaming house o un Bootcamp donde perfeccionar nuestra habilidad y que funcionarían como centros de trabajo, podría considerarse que nuestra actividad se desarrolla a distancia o en la modalidad de teletrabajo.

Esto conllevaría unos derechos y obligaciones a cumplir entre las partes y que en su día comenté también en mi blog 

MI PRIMO ES UN HACHA Y LO QUEREMOS FICHAR PERO TIENE 14 AÑOS

Las nuevas generaciones tienen habilidades que los más seniors no tenemos pero si ese primo/a en un hacha y es menor de edad, has de saber que en España no se puede contratar a menores de 16 años ni tampoco se puede ser autónomo/a si no eres mayor de edad(18 años) por lo que en estos casos no se podría unir legalmente a nuestro equipo.

Si se tiene 16 y 17 años sí que se podrá contratar pero para ello tendrá que tener el permiso y firmar el contrato nuestro padre, madre o tutor/a. Además, en los casos en los que la contratación se produce con menores de edad hay que guardar especiales precauciones con la jornada y descansos(nada de horas extras y descansos ampliados) además de una mayor vigilancia de la seguridad y salud.

¿JORNADA?, ¿DESCANSOS? PERO SI  A MÍ ME GUSTARÍA ESTAR JUGANDO TODO EL DÍA

Pues si, por mucho que haya en estos casos una fina linea divisoria entre hobby y trabajo, el club o empleador/a ha de cumplir con la legislación en materia de jornada máxima(jornada semanal máxima de 40 horas en cómputo semanal) día y medio ininterrumpido de descanso semanal(que eso si, se puede acumular cuando se está acerca de un torneo) o respetar el descanso mínimo entre jornadas de al menos 12 horas.

Por mucho que parezca nuestra afición, cuando se profesionaliza hay que respetar lo relativo a las jornadas y descansos(y por supuesto vacaciones o permisos).

Y por supuesto, también sería plenamente aplicable la desconexión digital...¿esto significa que el club me puede obligar a no jugar en mi tiempo libre?, no exactamente pero si puede establecer mecanismos para no hacerlo bajo los criterios de exigencia, resultados y en lo que en definitiva fuera parte de mi trabajo como jugador.

¡Ah! y sobre todo los clubs también tienen que registrar la jornada diaria de trabajo como explico también Aquí.

ESTRÉS, DOLORES MUSCULARES…CUIDADO CON TU SALUD

Aunque parezca mentira, el dedicarse profesionalmente a los vídeojuegos también tiene su cara menos afable y es que pueden aparecer dolencias o sintomatologías propias de este mundillo.

NO estamos hablando del Crunch que sufren muchos desarrolladores sino de estrés, ansiedad, posturas forzadas, lesiones musculares…es por eso que en este sector sea plenamente aplicable la ley de prevención de riesgos laborales y la vigilancia de la salud de tal forma que los clubs o entidades deben  procurar evaluar los puestos de trabajo y facilitar cuanta formación y medios de prevención sean necesarios para mitigar estas posibles dolencias relacionadas con este sector.

¿CUÁNTO ME PAGAN? ¿Y LOS PREMIOS CÓMO SE REPARTEN?

En este sentido, al no existir un convenio sectorial de referencia que marque unos salarios mínimos, estaríamos hablando de que el salario a tener en cuenta sería como mínimo el Salario Mínimo Interprofesional y sobre todo el que seamos capaces de negociar con la entidad que nos contrata.

También hay que tener en cuenta que podemos disfrutar de productos y servicios que nos facilitan nuestro equipo a precio gratuito o inferior a precio de mercado(por ejemplo nuestro terminal, licencias exclusivas, móviles) y que si lo podemos utilizar para nuestra vida personal entonces tendría la consideración de retribución en especie e incluso su valoración cotizaría a la seguridad social y se tendría en cuenta si se produjera un despido para cuantificar la indemnización.

Igualmente, en el caso de participar en torneos si el premio en metálico se lo lleva el club o empleador/ra lo más seguro es que se acuerde un plus de objetivos o reparto de los beneficios de tal manera que se cobrarían en una nómina complementaria al margen de nuestra mensualidad ordinaria.

Además, si somos muy buenos/as es posible que el club pacte con nosotros un plus de permanencia o de no competencia(para no marcharnos a otros clubs) así que conviene sentar las bases y negociar cantidades para evitar efectos no deseados.

¿Y CUÁNDO EL TORNEO ES UN PAÍS EXTRANJERO?

Cuando el torneo se celebra en un pais extranjero entonces a efectos laborales funciona como un desplazamiento temporal de una persona trabajadora. El club o empleador/a comunica el desplazamiento a la Tesorería General de la Seguridad Social y la Mutua de accidentes el hecho de que va a haber una persona trabajadora que va a prestar su trabajo en otro país e incluso es recomendable suscribir una póliza de seguro que cubra posibles contingencias que puedan acontecer en esos otros países.

Además, fiscalmente, si se cumplen los requisitos del Art 7 p) de la Ley del IRPF los rendimientos de trabajo que haya podido generar en esos paises pueden estar exentos de tributar hasta un máximo de 60.100€ anuales(sin necesidad de irse a Andorra a vivir).

Aunque el tema abarque para cientos de líneas más, si tienes una empresa de videojuegos(lo siento, tendrás que invitarme a probarlos) o tienen dudas laborales sobre los eSports como persona trabajadora o como club puedes contactar conmigo en este enlace.

Igualmente, hago formaciones gamificadas(como no) por lo que si te interesa que pueda dar una charla como profesor también puedes contactarme por aquí.

GAME OVER

 

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